El juez autoriza la excarcelación de Carcaño para ser sometido al "test de la verdad" en Zaragoza

Valdizán es el especialista encargado de la prueba
El Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla ha autorizado excarcelar a Miguel Carcaño, condenado a 21 años y tres meses de cárcel por la muerte de Marta del Castillo, para realizarle, en Zaragoza, la prueba del “Potencial Evocado Cognitivo P300. De este modo, pretenden encontrar el cadáver de la joven.

Zaragoza.- El Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla ha autorizado excarcelar a Miguel Carcaño, condenado a 21 años y tres meses de cárcel por la muerte de Marta del Castillo, para realizarle la prueba del “Potencial Evocado Cognitivo P300” o “test de la verdad”, en el Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza. Con esta medida se pretende encontrar el cadáver de la joven. Ahora, tan sólo queda saber el día de dicho traslado a la capital aragonesa.

En el auto, recogido por ARAGÓN PRESS, el juez Francisco de Asís Molina responde a un oficio cursado el 19 de febrero por la Jefatura Superior del Cuerpo Nacional de Policía en Andalucía Occidental, solicitando la excarcelación de Miguel Carcaño al objeto de serle aplicada esta prueba que por primera vez se probó, sin saber todavía su resultado, en el crimen de la descuartizada de Ricla a su supuesto autor, Antonio Losilla.

La prueba se realizará desde el servicio de Neurofisiología Clínica del Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza. Al frente de la misma estará un equipo formado por el especialista en Neurofisiología José Ramón Valdizán y la psicóloga forense del Instituto de Medicina Legal de Aragón Cristina Andreu. Ésta consiste, según el juez, “en la búsqueda de información mediante la respuesta del cerebro a determinados estímulos”. “Desde el punto de vista científico, la actividad neuronal del sujeto ante los estímulos externos e internos puede ser registrada por medio de electrodos no invasivos e indoloros colocados sobre el cuero cabelludo para su posterior análisis con ayuda del instrumental neurofisiológico necesario”, se señala en el auto.

Son las modificaciones de la actividad eléctrica cerebral provocadas por estímulos internos las que se denominan Potenciales Evocados Cognitivos, uno de los cuales, el más estudiado, es denominado P300, porque consiste en una onda positiva que se produce aproximadamente a los 300 milisegundos del inicio del estímulo que ha originado el potencial (la información presentada). Es sensible a la actividad eléctrica cerebral del sistema nervioso central, no puede ser modificada por la voluntad del sujeto, reacciona a datos de la memoria, genera datos digitales que pueden ser valorados objetivamente y dista mucho de lo que se ha venido en denominar “máquina de la verdad”, tal y como profusamente se expone en el oficio policial.

El magistrado señala que, considerando que el estudio científico propuesto no atenta a la dignidad personal del penado, el cual libremente lo ha consentido, no existe inconveniente por parte de este Juzgado para que se lleve a cabo por si pudiera ayudar a descubrir o reforzar algún indicio o hipótesis sobre la suerte o paradero del cuerpo de la infortunada joven; bien entendido que el estudio no podrá tener finalidad distinta a la mencionada.
Fuente: Aragon Digital

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La Policía quiere que Carcaño viaje a Zaragoza en marzo para someterse al 'test de la verdad'

La Policía quiere someterle a esta prueba, que se realiza en el Hospital Miguel Servet.


La Policía Nacional tiene intención de poder realizar el test neurológico conocido como el 'test de la verdad' a Miguel Carcaño durante la primera quincena de marzo en el marco de la investigación en torno al paradero del cadáver de Marta del Castillo, según han informado fuentes de la investigación.

Estas mismas fuentes indican que es complicado hacer coincidir a todas las partes afectadas en una misma fecha en el hospital de Zaragoza donde se realizará la prueba por lo que creen que será complicado hacerlo durante la primera semana de marzo, pero se muestran confiados en que pudiese estar todo listo para la segunda semana.

Se trata de una prueba neurológica llamada P 300, consistente en la utilización del aparato de electroencefalografía (EFG) del servicio de neurofisiología clínica del Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza.

Para realizar la prueba hay que contar con la disponibilidad de los investigadores policiales y el experto del hospital que conoce del funcionamiento del programa así como poder realizar el traslado de Carcaño hasta Zaragoza desde la cárcel de Herrera de la Mancha (Ciudad Real) donde se encuentra preso.

A lo largo de estos cinco años, Miguel Carcaño ha ofrecido múltiples versiones sobre los hechos, tanto de lo que le sucedió a Marta del Castillo como del lugar en el que escondieron su cadáver. Estas versiones han llevado a la Policía Nacional a buscar en el Río Guadalquivir, en el vertedero de Alcalá de Guadaira, en la localidad de Camas y en la Finca de la Rinconada, para lo que se empleó incluso un georadar.

Carcaño, en prisión desde 2009, fue condenado en febrero de 2013 por el Tribunal Supremo a 21 años y tres meses de cárcel por el asesinato de la joven.

Un casco conectado a una máquina La prueba que se le pretende realizar consiste en colocarle un especie de casco que va conectado a una máquina. Se le sienta delante de un ordenador que va emitiendo imágenes. Algunas de estas imágenes sólo son reconocibles para la persona que ha cometido el hecho investigado y se detectan cuando el cerebro manda una señal, que es registrada por el programa en forma de onda (la P 300).

De ese modo, se podría saber si Carcaño ha estado o no en algunos de los lugares que se le muestren, apuntan las fuentes consultadas.

Se trata de un programa neurofisiológico que ya se ha utilizado con éxito en Estados Unidos, Japón y otros países de Europa y se considera más efectivo que los tradicionales detectores de mentiras porque es muy difícil de manipular.


Fuente: Heraldo

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Aparece un hombre muerto con la cabeza atrapada en un contenedor en Mallorca

Todo apunta a que la víctima, de 68 años, murió asfixiado


Un hombre de 68 años ha fallecido en un contenedor de papel de la localidad de Palma de Mallorca, en el que supuestamente quedó atratapado. La Policía ha encontrado el cuerpo de la víctima con la cabeza y los brazos dentro del mismo, lo que invita a pensar que perdió la vida intentando recuperar algo que tiró por error. Este miércoles se le practicará la autopsia y se conocerán las causas definitivas de lo sucedido.

Las primeras informaciones asegura que salió de casa y tenía previsto hacer la comprea y tirar unos periódicos en el contenedor del papel. De esta manera, también tiró por error algo en el contenedor, hasta que intentó recuperarlo sin éxito y esto le provocó la muerte.

El suceso se produjo durante la tarde en un lugar poco transitado por el público, por lo que se supone que pudo estar así aproximadamente cerca de una hora.

Hasta que no se realice la autopsia no se sabrán cuales son las causas concretas del fallecimiento, aunque todo hace indicar que la asfixia fue el detonante de su fallecimiento.

Este miércoles se le realizará la autopsia y no se sabrán exactamente las causas del fallecimiento, pero todo indica que fue por asfixia. Así lo indicaban los síntomas que presentaba el cadáver una vez que fue liberado.


Fuente: Ideal.es
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El TS confirma la condena de 44 años de cárcel para Manex Castro por el asesinato de Ignacio Uría

El Tribunal Supremo ha confirmado este martes la condena de a 44 años de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional al etarra Manex Castro Zabaleta por el asesinato del empresario vasco Ignacio Uria, cometido en la localidad guipuzcoana de Azpeitia el 3 de diciembre de 2008.
 
MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

De este modo, el alto tribunal acoge las peticiones realizadas el pasado 15 de enero por el Ministerio Público y la Asociación de Víctimas del Terrorismo, durante la vista de casación.

La resolución del alto tribunal rechaza todos los motivos alegados por la defensa de Castro e incide en que ni puede entenderse vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, "pues la resolución judicial recurrida da oportuna respuesta a todas las cuestiones planteadas" ni adolece tampoco de "vicio sentencial alguno". Califica incluso de "modélico" el detalle con el que se expresan los magistrados de la sentencia de la Audiencia Nacional.



Añade el Supremo, frente a la prueba considerada suficiente, que el acusado no ha ofrecido explicación alguna en relación con la aparición de un teléfono en la bolsa de basura que arrojó a un contenedor, con su huella genética de ADN; así como de la incautación en su domicilio de tarjetas telefónicas correspondientes con números utilizados en atentados anteriores del "comando Ezuste".

"No es arbitrario dar por probado que quien adquiere un terminal telefónico lo sigue poseyendo durante el tiempo intermeido hasta que se deshace de él", según la Sala.

CONDENA CONFIRMADA

La sentencia que ahora adquiere firmeza consideró a Castro culpable de un delito de asesinato terrorista, otro de detención ilegal, un robo de vehículo de motor con fines terroristas y un delito de daños terroristas. Además, se le condenó a pagar un total de 400.000 euros a la viuda y a los cinco hijos en concepto de indemnización, y se le prohibió acercarse a ellos y acudir a Azpeitia durante un plazo de diez años una vez cumplida la condena.

Durante su intervención en la vista de casación, el abogado de Castro reconoció la pertenencia de su patrocinado a ETA, e incluso su participación en otros atentados del mismo "comando" que ejecutó el asesinato de Uría, pero le desvinculó de estos hechos.

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional tuvo en cuenta el tráfico de llamadas del teléfono móvil que Manex Castro arrojó a la basura junto a restos de explosivos. Los investigadores encontraron las huellas genéticas del acusado en el aparato que fue empleado para comunicarse con otros miembros del comando durante la preparación y ejecución del atentado contra Uria.

Los jueces de la Audiencia descartaron también, y ahora la confirma el Supremo, el alcance exculpatorio de los testimonios de dos empleados y del jefe de la empresa de jardinería en la que Castro trabajaba. El acusado y los testigos aseguraron durante el juicio haberse enterado "a través de la radio" del ataque contra el empresario vasco.

CAMPAÑA DE INTIMIDACIÓN

La Audiencia Nacional encuadró el atentado contra el propietario de la empresa Altuna y Uria en la campaña de "intimidación y terror" que ETA llevaba a cabo contra la construcción en el País Vasco del tren de alta velocidad.

Para llevar a cabo el asesinato del consejero delegado de una empresa adjudicataria de las obras, Santa Cruz prestó un vehículo marca Volvo 460 propiedad de su padre a un amigo de la infancia, sin tener conocimiento de que integraba el 'comando Ezuste' y de que el coche sería utilizado en actividades terroristas.

El 3 de diciembre de 2008, el comando se dirigió a bordo de ese turismo a un aparcamiento de Deba (Guipúzcoa), donde secuestraron al propietario de un vehículo Alfa Romeo, a quien maniataron y retuvieron durante varias horas a punta de pistola.

Manex Castro y otro miembro del comando custodiaron a este hombre en todo momento, mientras que al menos otros dos terroristas se desplazaron en el Alfa Romeo hasta Azpeitia, donde avistaron a Uria en el momento en que se introducía en su vehículo en las inmediaciones de su empresa.

A las 13.04 horas, uno de los etarras se acercó a la víctima y le descerrajó tres disparos a bocajarro que acabaron con su vida. Tras ello, los etarras regresaron a la localidad guipuzcoana de Deba donde permanecía Castro custodiando al propietario del vehículo robado, quien consiguió desatarse las piernas y quitarse las gafas que le impedían ver cuando los terroristas ya habían abandonado el lugar e incendiado su Alfa Romeo para no dejar huellas.

Fuente: Iustel
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El jurado ve culpable de asesinato al acusado de apuñalar a Tina en Arona

La acusación particular aumenta su petición de condena para Márquez a 20 años

Unas cuatro horas han bastado para que los nueve miembros del tribunal popular declararan culpable de asesinato a Luis Domingo Márquez Acosta, según el acta leída por el portavoz del jurado a las ocho y cuarto de la noche de ayer en la sala 12 del Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife.

Los miembros del jurado declararon probado por unanimidad que Luis Domingo Márquez Acosta agredió a su esposa, Clementina Morales González –conocida como Tina– , y le clavó cuatro veces un cuchillo causándole la muerte. Consideran, además, que las pruebas han acreditado que el acusado agredió a su mujer en un ataque sorpresivo e inesperado. Además, declararon probado que el acusado y la víctima mantenían una relación de pareja desde 1991; que en 1993 nació su hijo, Luis Domingo Márquez Morales y que en 2005 contrajeron matrimonio, naciendo en 2006 su hija Lucía.

El jurado, además, consideró que se ajustaba a derecho –y fue votado ocho a uno– la atenuante de dilaciones indebidas. El abogado de la defensa, José Honorio Pérez, había planteado por la mañana esta atenuante apoyándose en que en abril de 2013 ya se habían concluido todas las diligencias e investigaciones referidas al caso y, desde esa fecha se ha esperado a la celebración del juicio oral.
No se consideró probado que el acusado le arrebatara el cuchillo a Tina y la atacara por un arrebato u obcecación después de que ésta le agrediera con el arma blanca. Con siete votos favorables y dos en contra, se rechazó que el acusado intentara reparar el daño causado al llamar a su hijo pidiendo una ambulancia, pues a la llegada de los sanitarios, éste no les abrió y solo accedieron cuando el hijo, que estaba en Arico, llegó a la vivienda de Las Rosas, en Arona.

El jurado se opuso a que se le concedan beneficios de reducción de condena así como el indulto.

A pesar de que el jurado consideró probada la atenuante de dilaciones indebidas, la fiscal sostuvo la petición de 20 años de prisión para el acusado así como al pago de una indemnización de 300.000 euros cuyos beneficiarios son los hijos del matrimonio. La fiscal sostuvo esta postura al argumentar el grave daño causado a los hijos, a la pequeña a la que se le ha privado de crecer junto a ella y al mayor, que tuvo que ver el cadáver de su madre tendida sobre un charco de sangre en el salón de su casa.

El abogado de la acusación particular Juan Carlos Hernández Gutiérrez, que defiende los intereses de José Luis Márquez Morales y de su hermana Lucía, modificó ayer por la mañana su petición de condena para el acusado y marido de la víctima. En sus conclusiones definitivas, el letrado aumentó a 20 años de prisión y a 300.000 euros de indemnización, con lo que se adhirió a lo que mantenían tanto el Ministerio Fiscal como la acusación pública, ejercida por el Instituto Canario de Igualdad (ICI).

El abogado admitió que por un "error" no incluyó la agravante de parentesco en su escrito provisional de calificación, por lo que hasta ayer solicitaba para el reo una condena de 15 años de prisión y 215.000 euros de indemnización para los herederos de la fallecida.
El abogado, una vez oído el veredicto del jurado "suscribió" en todos sus puntos la petición de pena solicitada por la fiscal delegada de Violencia de Género, Francisca Sánchez.

En la última jornada del juicio oral, la Fiscalía y la acusación pública mantuvieron sus conclusiones definitivas, al igual que el abogado de la defensa.

El letrado José Honorio Pérez admitió el delito de homicidio con la agravante de parentesco, aunque sostuvo que debe aplicarse la eximente completa por la legítima defensa, por lo que solicitó la libre absolución, o como alternativa la eximente incompleta y las atenuantes de arrebato u obcecación, reparación del daño causado y, por último, dilaciones indebidas.

Finalmente, al ser declarado culpable de asesinato y no resultar acreditada la eximente de legítima defensa, el letrado de la defensa solicitó una pena mínima por homicidio de 15 años de cárcel así como una indemnización de 150.000 euros para los hijos.

La representante del Ministerio Público había iniciado su alegato por la mañana defendiendo la tesis de que el acusado mató a su esposa de forma sorpresiva. "Habían estado de fiesta en Arico todo el día. Regresaron a casa y, mientras Tina acostaba a la niña en su cuarto, que está al final de un pasillo de la vivienda, el acusado se quedó en el salón, que está a la entrada del piso y junto a la puerta de la cocina. Fue a buscar un cuchillo y le asestó cuatro puñaladas a la víctima". "Me da igual que discutieran o no antes, que se insultaran o los motivos por los que discutían". "El acusado estaba en el mismo plano que la víctima, de pie y frente a ella, atacándola con una primera puñalada en la ingle y Tina, al darse cuenta del ataque, pone el brazo delante para defenderse y recibe la segunda puñalada en su antebrazo derecho. Luego le asesta otras dos cuchilladas".

Sánchez se preguntó por las pretensiones de la defensa en cuanto a la atenuante esgrimida por la reparación del daño e insistió en que "pidió por teléfono a su hijo una ambulancia y no le dijo para qué era y cuando llegaron a la casa los sanitarios, no les abrió. Tuvo que ser su hijo quien lo hiciera tras regresar desde Arico.

La acusación particular hizo hincapié en la declaración del imputado y los informes forenses de las lesiones que presentaban la víctima y el agresor.

Por su parte, la letrada del ICI alegó: "No veo en ninguna parte" de las pruebas presentadas ni la legítima defensa ni el arrebato, "ni ninguna atenuante de la defensa". 

Fuente: La Opinion
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Culpable de asesinato el hombre que acuchilló a su mujer en Arona

Luis Domingo Márquez
El jurado popular que juzgaba esta semana en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife a Luis Domingo Márquez por la muerte de su esposa Clementina consideró ayer al acusado culpable de un delito de asesinato, con la agravante de parentesco y la atenuante de dilaciones indebidas. El jurado emitió su veredicto sobre las 20:00 horas de ayer, después de deliberar durante toda la tarde.

El acusado, tanto desde su primera declaración como durante el uso de la última palabra ayer, aludió a la legítima defensa para justificar el crimen cometido en septiembre de 2011 en el domicilio conyugal ubicado en Arona, en el que mató a su mujer tras propinarle cuatro puñaladas con un cuchillo de cocina.

Pese a ello, y al contundente argumento final del letrado de la defensa, José Honorio Pérez, para demostrar que la fallecida había atacado al imputado en un primer momento, el jurado popular consideró no probado este hecho. Todo lo contrario. Por ocho votos a favor y uno en contra, se consideró que Luis Domingo Márquez atacó a la fallecida de "forma sorpresiva" y sin que esta tuviera posibilidad de "defenderse". De esta forma no se tuvo en cuenta la atenuante solicitada por José Honorio Pérez, en el caso de que se encontrara al acusado culpable de asesinato, de obcecación o arrebato.

El letrado de la defensa también había solicitado la atenuante de reparación del daño por llamar a su hijo tras cometer el crimen para que este avisara a una ambulancia. Esto también fue rechazado por el jurado popular, así como la colaboración con la Justicia por permanecer en el lugar de los hechos.

Lo que sí aceptó el jurado popular fue la atenuante por dilaciones indebidas en la tramitación de la causa.

Ante el veredicto de culpabilidad de un delito de asesinato, la defensa, que había pedido un homicidio y la libre la absolución por actuar en legítima defensa, solicitó una pena de 15 años de prisión y una indemnización a sus hijos de 150.000 euros.

Por su parte, la Fiscalía, pese a la atenuante, mantuvo su petición inicial de 20 años de prisión dado el daño que el acusado propició "al desarrollo de sus hijos en todos los sentidos". En cuanto a la responsabilidad civil, solicitó una indemnización de 300.000 euros. La acusación particular y la representación del Instituto Canario de Igualdad se adhirieron a esta solicitud.

Fuente: El Dia
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Entradas, comentarios y respuestas en Criminal Descubierto

He decidido cambiar el formato de los comentarios del blog.

A partir de hoy, cada respuesta sera dada bajo cada consulta, y asi poder seguir el hilo de consulta y solucion, a cada usuario individualmente.

Mas cercano, mas personal ^^

Espero que os guste esta nueva manera de ver los comentarios en este blog!

Un saludo!!!!
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