El jurado ve culpable de asesinato al acusado de apuñalar a Tina en Arona

La acusación particular aumenta su petición de condena para Márquez a 20 años

Unas cuatro horas han bastado para que los nueve miembros del tribunal popular declararan culpable de asesinato a Luis Domingo Márquez Acosta, según el acta leída por el portavoz del jurado a las ocho y cuarto de la noche de ayer en la sala 12 del Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife.

Los miembros del jurado declararon probado por unanimidad que Luis Domingo Márquez Acosta agredió a su esposa, Clementina Morales González –conocida como Tina– , y le clavó cuatro veces un cuchillo causándole la muerte. Consideran, además, que las pruebas han acreditado que el acusado agredió a su mujer en un ataque sorpresivo e inesperado. Además, declararon probado que el acusado y la víctima mantenían una relación de pareja desde 1991; que en 1993 nació su hijo, Luis Domingo Márquez Morales y que en 2005 contrajeron matrimonio, naciendo en 2006 su hija Lucía.

El jurado, además, consideró que se ajustaba a derecho –y fue votado ocho a uno– la atenuante de dilaciones indebidas. El abogado de la defensa, José Honorio Pérez, había planteado por la mañana esta atenuante apoyándose en que en abril de 2013 ya se habían concluido todas las diligencias e investigaciones referidas al caso y, desde esa fecha se ha esperado a la celebración del juicio oral.
No se consideró probado que el acusado le arrebatara el cuchillo a Tina y la atacara por un arrebato u obcecación después de que ésta le agrediera con el arma blanca. Con siete votos favorables y dos en contra, se rechazó que el acusado intentara reparar el daño causado al llamar a su hijo pidiendo una ambulancia, pues a la llegada de los sanitarios, éste no les abrió y solo accedieron cuando el hijo, que estaba en Arico, llegó a la vivienda de Las Rosas, en Arona.

El jurado se opuso a que se le concedan beneficios de reducción de condena así como el indulto.

A pesar de que el jurado consideró probada la atenuante de dilaciones indebidas, la fiscal sostuvo la petición de 20 años de prisión para el acusado así como al pago de una indemnización de 300.000 euros cuyos beneficiarios son los hijos del matrimonio. La fiscal sostuvo esta postura al argumentar el grave daño causado a los hijos, a la pequeña a la que se le ha privado de crecer junto a ella y al mayor, que tuvo que ver el cadáver de su madre tendida sobre un charco de sangre en el salón de su casa.

El abogado de la acusación particular Juan Carlos Hernández Gutiérrez, que defiende los intereses de José Luis Márquez Morales y de su hermana Lucía, modificó ayer por la mañana su petición de condena para el acusado y marido de la víctima. En sus conclusiones definitivas, el letrado aumentó a 20 años de prisión y a 300.000 euros de indemnización, con lo que se adhirió a lo que mantenían tanto el Ministerio Fiscal como la acusación pública, ejercida por el Instituto Canario de Igualdad (ICI).

El abogado admitió que por un "error" no incluyó la agravante de parentesco en su escrito provisional de calificación, por lo que hasta ayer solicitaba para el reo una condena de 15 años de prisión y 215.000 euros de indemnización para los herederos de la fallecida.
El abogado, una vez oído el veredicto del jurado "suscribió" en todos sus puntos la petición de pena solicitada por la fiscal delegada de Violencia de Género, Francisca Sánchez.

En la última jornada del juicio oral, la Fiscalía y la acusación pública mantuvieron sus conclusiones definitivas, al igual que el abogado de la defensa.

El letrado José Honorio Pérez admitió el delito de homicidio con la agravante de parentesco, aunque sostuvo que debe aplicarse la eximente completa por la legítima defensa, por lo que solicitó la libre absolución, o como alternativa la eximente incompleta y las atenuantes de arrebato u obcecación, reparación del daño causado y, por último, dilaciones indebidas.

Finalmente, al ser declarado culpable de asesinato y no resultar acreditada la eximente de legítima defensa, el letrado de la defensa solicitó una pena mínima por homicidio de 15 años de cárcel así como una indemnización de 150.000 euros para los hijos.

La representante del Ministerio Público había iniciado su alegato por la mañana defendiendo la tesis de que el acusado mató a su esposa de forma sorpresiva. "Habían estado de fiesta en Arico todo el día. Regresaron a casa y, mientras Tina acostaba a la niña en su cuarto, que está al final de un pasillo de la vivienda, el acusado se quedó en el salón, que está a la entrada del piso y junto a la puerta de la cocina. Fue a buscar un cuchillo y le asestó cuatro puñaladas a la víctima". "Me da igual que discutieran o no antes, que se insultaran o los motivos por los que discutían". "El acusado estaba en el mismo plano que la víctima, de pie y frente a ella, atacándola con una primera puñalada en la ingle y Tina, al darse cuenta del ataque, pone el brazo delante para defenderse y recibe la segunda puñalada en su antebrazo derecho. Luego le asesta otras dos cuchilladas".

Sánchez se preguntó por las pretensiones de la defensa en cuanto a la atenuante esgrimida por la reparación del daño e insistió en que "pidió por teléfono a su hijo una ambulancia y no le dijo para qué era y cuando llegaron a la casa los sanitarios, no les abrió. Tuvo que ser su hijo quien lo hiciera tras regresar desde Arico.

La acusación particular hizo hincapié en la declaración del imputado y los informes forenses de las lesiones que presentaban la víctima y el agresor.

Por su parte, la letrada del ICI alegó: "No veo en ninguna parte" de las pruebas presentadas ni la legítima defensa ni el arrebato, "ni ninguna atenuante de la defensa". 

Fuente: La Opinion
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